Proyectos de actividad:
Consultoría ambiental
En función de la mayor o menor incidencia ambiental sobre el medio o las personas, las actividades se encuentran sujetas a diferentes regímenes de intervención administrativa por parte de la administración pública competente.
Para las actividades emplazadas en Catalunya es la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades (PCAA) modificada por la Ley 26/2009 y la Ley 5/2012, de medidas fiscales, financieras y administrativas y la Ley 9/2011, de promoción de la actividad económica (PAE), la que regula este régimen de intervención.
Las actividades que son objeto de esta ley y las instalaciones vinculadas a las mismas deben ser proyectadas, instaladas, utilizadas, mantenidas y controladas de manera que se alcancen los objetivos de calidad ambiental y de seguridad fijados por la legislación.
En este contexto, EATS le ofrece su compromiso, conocimiento, experiencia y visión global para encargarse de las necesidades de legalización administrativa de su actividad, según el marco normativo ambiental vigente.
Regímenes de intervención administrativa
Los regímenes a los que se encuentran sometidas las diferentes categorías de actividades, son los siguientes:
La intervención ambiental de los ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS, con carácter general, se integra en el procedimiento de otorgamiento de las licencias sectoriales pertinentes.
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