En el momento de proyectar y/o implementar cualquier espectáculo público o actividad recreativa, de carácter ordinario o extraordinario, en espacios abiertos o cerrados, tales como: bares, restaurantes, discotecas, conciertos, pruebas deportivas, verbenas, etc..., se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones técnicas:
Se deberá realizar estudio de impacto acústico con las soluciones de insonorización requeridas como medidas correctoras para el cumplimiento de ordenanzas municipales y normativa específica de protección contra la contaminación acústica.
Los edificios y construcciones destinados a establecimientos abiertos al público deben cumplir las prescripciones del Código técnico de la edificación y de su normativa complementaria.
Los establecimientos abiertos al público deben cumplir las condiciones de prevención y seguridad en caso de incendio que determine la reglamentación específica de aplicación. El titular de estos establecimientos debe disponer de las licencias de obras y de actividades, si procede, y de las actas o certificaciones de comprobación, según se contemple en aplicación de la normativa correspondiente.
Implementada la actividad deberán establecerse los procedimientos, sistemas y estructuras organizativas necesarios para dar una respuesta adecuada a las emergencias que se puedan producir y garantizar la integración de estas actuaciones a las del sistema público de emergencias.
Copyright © All Rights Reserved